REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (XII). LAS REFINANCIACIONES IRRESCINDIBLES: ALCANCE DEL BLINDAJE

Con el artículo 71 bis de la Ley Concursal, se pretende dotar de seguridad a los acreedores que hayan de refinanciar al deudor, de evitar el riesgo de rescisión de dichos acuerdos. ¿Se aplica el artículo 71 bis de la LC a todos los acuerdos de refinanciación?
REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (XI). LAS REFINANCIACIONES IRRESCINDIBLES: SUPUESTOS

En este proceso de reestructuración, en el que se generan acuerdos de financiación, uno de los problemas que surgían, era la incertidumbre con la que contaba el acreedor que aceptaba los acuerdos, ya que en el caso de que finalmente el deudor no pudiese cumplirlo, se veía de algún modo desprotegido.
REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (X). CONTENIDO DE LOS ACUERDOS DE REFINANCIACIÓN: CAPITALIZACIÓN DE LA DEUDA

El procedimiento concursal español concluye en un alto número de casos en la liquidación del deudor, de modo que la fase preconcursal resulta verdaderamente determinante para la reestructuración financiera de las empresas