REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (XV): LA PARALIZACIÓN DE EJECUCIONES SINGULARES: LOS PERIODOS DE PARALIZACIÓN Y SU DURACIÓN LEGAL

Solicitud de homologación del acuerdo y paralización de ejecuciones separadas, constituyen actos separados, aun cuando conexos en el sentido de que no parece poder solicitarse dicha paralización respecto de acuerdos que no pudieran someterse a homologación judicial
REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (XIV): COMUNICACIÓN AL JUZGADO DEL INICIO DE LAS NEGOCIACIONES CON ACREEDORES

La tradicional inmunidad del acreedor privilegiado, cuyos créditos están dotados de garantía real, ha sido muchas veces el principal escollo para que los deudores pudieran alcanzar acuerdos de refinanciación que permitieran la continuidad de las empresas.
REESTRUCTURACIÓN DE NEGOCIOS (XIII): REFINANCIACIONES HOMOLOGADAS JUDICIALMENTE

Con el propósito de facilitar la celeridad y flexibilidad en estos acuerdos, el juez únicamente tendrá que comprobar la concurrencia de las mayorías exigidas y de los requisitos formales para acordar su homologación.